La Ley de Dependencia ha creado un nuevo derecho de ciudadanía en España: el derecho de las personas mayores y de las personas con discapacidad que no se pueden valer por sí mismas a recibir atención por parte de los poderes públicos.
¿Qué se debe hacer para recibir la ayuda?
Todos los interesados/as cuidadoras/es deberán dirigirse al Centro de Servicios Sociales Comunitarios de su distrito o municipio correspondiente. Una vez allí, solicitarán al Trabajador Social recibir información y rellenar la solicitud de valoración de la dependencia. La valoración del grado y nivel de dependencia del enfermo será determinado por un grupo de expertos en medicina. Puede transcurrir entre 3 y 6 meses el proceso de valoración antes de notificarse una respuesta concreta.
¿En qué consisten las ayudas?
Las ayudas de la ley de dependencia no son subvenciones sino cofinanciación de los servicios prestados. Existen dos tipos de ayudas, las prestaciones económicas: vinculadas a un servicio, como puede ser la cofinanciación de una plaza en una residencia pública, concertada o privada; y las prestaciones de servicios: Teleasistencia, ayuda a domicilio, centros de día y atención residencial.
Durante el primer año, 2007, se concederán las ayudas a los enfermos valorados con una gran dependencia. Entre 2008 y 2010 llegarán a quienes presenten una dependencia severa, y de 2011 al 2015 se beneficiarán de la ley los que tengan dependencia moderada.
El nivel y grado de dependencia es totalmente diferente al grado de minusvalía. La valoración de cada una de ellas independiente.
La solicitud de dependencia la puede recoger en la propia Asociación.
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